FETEIA OLTRA hace públicas sus observaciones al proyecto de ley de los Presupuestos Generales

FETEIA OLTRA hace públicas sus observaciones al proyecto de ley de los Presupuestos Generales

La Federación Española de Transitarios, FETEIA-OLTRA, ha analizado el proyecto de ley de presupuestos generales para el año 2013 y ha dado a conocer al colectivo, a la CEOE y a los grupos parlamentarios,   diversas observaciones.

La primera concluye que “dado que el comercio exterior constituye ahora uno de los motores más importantes de nuestra economía, entendemos que sería muy conveniente aumentar la dotación del Fondo para la Internacionalización de la Empresa  (FIEM) previsto en el artículo 60 del Proyecto de Ley.

En segundo lugar, desde FETEIA concluyen que “Es indiscutible que para las pequeñas y medianas empresas y los autónomos resulta casi imprescindible en estos momentos no afectar todavía más su capacidad de financiación obligándoles a pagar el IVA con independencia de si ha tenido lugar o no el pago de la correspondiente factura. El que dichos agentes económicos no tengan que pagar el impuesto hasta que efectivamente se haya efectuado el cobro de las correspondientes facturas se recogió además en el programa del Partido Popular para las elecciones del año 2011 (puntos 04 del apartado 1.6 “Reforma fiscal para el crecimiento y la equidad” y 03 del apartado 1.5 “Más emprendedores para la creación de empleo”).

Consiguientemente, FETEIA considera que “hay que incorporar esta previsión en la sección 1ª (“Impuesto sobre el Valor Añadido”) del capítulo II (“Impuestos Indirectos”) del título VI del Proyecto de Ley; máxime teniendo en cuenta que la reciente normativa europea (Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio de 2010,   autoriza a que el IVA se liquide por el principio de caja.

En tercer lugar la federación pone de manifiesto que “El artículo 166.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre de 2011, establece que con objeto de que se pueda tomar en consideración la estructura de costes de cada Autoridad Portuaria y garantizar el principio de autosuficiencia económico-financiera, en un marco de competencia leal entre puertos, cada Autoridad Portuaria podrá proponer en el marco del plan de Empresa anual tres coeficientes correctores que se aplicarán respectivamente las cuantías básicas de las tasas del buque (T-1), del pasaje (T-2) y de la mercancía (T-3), con los límites, entre otros, de que no podrán ser superiores a 1, 30, y de que la diferencia entre coeficientes no podrá ser mayor que 0, 30.

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (artículo 76) cifra directamente estos coeficientes para las diferentes Autoridades Portuarias, lo que sin duda da lugar a una “recentralización” que estimamos que puede interferir negativamente en la autonomía de cada Autoridad Portuaria para configurar su propio Plan de Empresa en función de su estructura de costes. Por ello, el expresado artículo 76 tendría que ser suprimido dejando plenamente en vigor el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

En cuarto lugar, y por lo que se refiere a “las bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía (artículo 77), en FETEIA son del parecer de que “habría que atenerse estrictamente a lo que disponen los artículos 182 y 245 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sin pasar a concretar dichas bonificaciones tal como se hace en el anexo IX del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de que tratamos.

Finalmente, y respecto a los organismos, personas, fondos, entidades y fundaciones que integran el sector público estatal y que se detallan en los anexos X al XIV del mencionado Proyecto de Ley, FETEIA cree que “habría que reconsiderar la conveniencia y/o necesidad de mantener  alguno o algunos ellos, en la medida en que sus funciones u objetivos  o bien quedan fuera de contexto en las actuales circunstancias o bien pueden ser absorbidos por otro u otros,   con el consiguiente ahorro de recursos públicos”.

Fuente: gotcarga.com

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