Las nuevas medidas de Tráfico para el transporte de mercancías

Las nuevas medidas de Tráfico para el transporte de mercancías

Novedades de la Dirección General de Tráfico en lo que respecta al transporte. A partir de ahora, los conductores de 18 años pueden optar al examen de camión o autobús y los que tengan el permiso B podrán conducir furgonetas de hasta 4.250 kilos, si éstas son eléctricas.

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio del Interior, un paquete de reformas legales que modifican de manera sustancial la legislación de tráfico y circulación. Según Interior, el objetivo de estos cambios legislativos es generar un nuevo modelo de seguridad vial alineado con la política de la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para reducir, en los próximos 10 años, un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico.

Las empresas de transporte podrán comprobar si un conductor tiene puntos en su carné, aunque no su cantidad

El anteproyecto, que ya ha pasado el trámite de consulta e información pública, ha sido asesorado por el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, la Agencia Española de Protección de Datos y el actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Tras la aprobación en primera vuelta por el Consejo de Ministros, ahora el anteproyecto deberá ser informado por los ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Trabajo y Economía Social y Política Territorial y Función Pública.

Conductores de camión de 18 años

Lo más destacado de la modificación del Reglamento General de Conductores para el transporte por carretera (tanto para mercancías como viajeros) es que adapta, de forma parcial, algo que ya era legal en Europa: el acceso de personas de 18 años al permiso de conducir camiones o autobuses. Esta modificación aborda la cualificación inicial y formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros, lo que, en la práctica, amplía el espectro de solicitantes de empleo en las empresas que precisan conductores profesionales.

Personas con problemas del sistema locomotor podrán optar también al examen de conducir camiones o autobuses

Además, el Real Decreto establece la posibilidad de que, en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, se puedan autorizar el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses de personas con problemas asociados al sistema locomotor. Para los legisladores, los avances en prótesis y vehículos hacen posible que estas personas puedan obtener dichos permisos, como el resto de aspirantes.

Las modificaciones sobre el Reglamento de Circulación y Vehículos entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. No obstante, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación (sobre velocidades en zonas urbanas) entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización en las citadas vías.

Faltan conductores de camión y autobús

Pere Navarro, al mando de la Dirección General de Tráfico, reconoce que “el sector de la logística y el transporte tiene un peso muy importante dentro de la economía y el mercado laboral en nuestro país. Ha sido un sector fundamental en los meses más duros de la pandemia y desde hace años está teniendo un crecimiento exponencial. Este crecimiento nos lleva a preocuparnos, no sólo porque los vehículos en los que se hace ese reparto de mercancías esté lo mejor equipado posible con los sistemas de ayuda a la conducción (algunos de ellos obligatorios por normativa europea en los próximos años) sino también porque los profesionales tengan una buena formación en materia de seguridad vial. Ahí las empresas tienen un papel importante, al poder incluir esta materia en sus planes de prevención de riesgos laborales; con ello no sólo garantizan la seguridad de su empleado, sino también de terceros”.

Según la consultora PONS Seguridad Vial, especializada en transporte y movilidad, la expedición de permisos de conducir vinculados al transporte profesional superó los 110.000 sólo en 2019. El dato es un 40% más alto que el registrado en 2017. Por ello, su directora general, Ana Gómez Arche cree que “la formación continua de los conductores es uno de los elementos clave para lograr mejorar la seguridad vial en el entorno laboral”.

Plantillas deficientes

Para las empresas de transporte, se trata de una medida demandada desde hace mucho tiempo, ya que la falta de conductores en el mercado laboral es un problema que llevan sufriendo desde hace años, debido a la falta de vocación de los jóvenes, sus jornadas laborales fuera de casa, el precio del carné de conducir y que sigue sin ser una profesión atractiva para las nuevas generaciones.

Los centros de formación, como CEFTRAL, también ven este cambio en la normativa como un punto de inflexión que puede despertar en los más jóvenes su inclinación por la profesión de conductor, un problema que no es nacional sino global (también lo sufren países como Alemania, Reino Unido, Bélgica, Rumanía, Australia, Estados Unidos o Noruega), si se tienen en cuenta los datos que proporciona la Organización Mundial de la Carretera (IRU). Según esta asociación internacional, se calcula que faltan en todo el mundo un 20% de los conductores profesionales que se necesitarían para dar respuesta a la demanda de las empresas, y que este dato podría crecer hasta el 30% si no se toman medidas lo antes posible.

Los cambios más destacados

• Previsión del acceso online al registro de conductores a las empresas de transporte para que puedan conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no

• Aumenta de tres a seis puntos la sanción por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil

• Pasa de tres a seis puntos por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Incorpora como causa de sanción el mal uso de estos elementos, al considerar que las consecuencias negativas para la seguridad del conductor son las mismas

• Tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, con sanción de 500 euros y pérdida de tres puntos.

• Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 kilómetros/hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelantan a otros vehículos.

• Se podrán recuperar dos puntos del carné haciendo cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico

• Se unifica en dos años el plazo que habrá que pasar sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos

• Nueva infracción muy grave: cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de seis meses sin poder presentarse al examen.

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Fuente: www.transporteprofesional.es

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