Competencia expedienta a Renfe por prácticas abusivas

Competencia expedienta a Renfe por prácticas abusivas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador contra Renfe Operadora, Transportes Ferroviarios Especiales y seis empresas filiales por posible abuso de posición dominante y reparto de mercado.

La investigación se ha iniciado tras la denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP), que dio lugar a la apertura de una información reservada.

A la vista de la información recabada, la Dirección de Competencia considera que existen indicios racionales de prácticas prohibidas por la LDC y el TFUE, en el transporte ferroviario de mercancías y servicios conexos, consistentes en un abuso de posición dominante por parte de Renfe Operadora, Renfe Mercancías, S.A. y Renfe Alquiler de Material Ferroviario, S.A., por la posible aplicación a empresas asociadas a AEFP de condiciones comerciales discriminatorias en relación con otros clientes en la prestación de servicios de tracción o en el alquiler de vagones.

Además se señala un posible acuerdo colusorio entre Renfe Operadora, Transportes Ferroviarios Especiales, S.A., Transfesa Rail, S.A., Pool Ibérico Ferroviario A.I.E., Hispanauto Empresas Agrupadas A.E.I.E. y Sociedad de Estudios y Explotación de Material Auxiliar de Transportes, S.A., tendente al reparto del mercado en el ámbito del transporte ferroviario de mercancías, y en especial automóviles, así como sus piezas y componentes.

El expediente sancionador contra las citadas sociedades más Renfe Mercancías, S.A. y Renfe Alquiler de Material Ferroviario, S.A. se abre por posibles prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), así como en los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación.

Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

Fuente: C de Comunicación

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