Desde el 20 de mayo, está en vigor el Real Decreto 563/2017 de 2 de junio por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulen en territorio español, lo que establece nuevas obligaciones para los transportistas en materia de correcta sujeción de la mercancía a bordo de los vehículos de transporte.
Los agentes de tráfico de la DGT ya pueden llevar a cabo inspecciones de control en carretera, incluyendo la inspección de la carga en el vehículo de transporte, para comprobar que, ante cualquier situación, la carga está correctamente estibada, que el cambio de posición de las cargas entre sí, contra las paredes o las superficies del vehículo sea mínimo, y que las cargas no pueden salirse del espacio de carga ni desplazarse fuera de la superficie. Para ello, los agentes usarán distintos elementos de medición y comprobación: básculas fijas o móviles, tensiómetros, medidores de ángulos y calculadoras de estiba.
Debido a la incertidumbre que la nueva regulación está provocando en el transporte por carretera por las posibles consecuencias derivadas de una incorrecta sujeción de la carga, la Dirección General de Tráfico se había comprometido con las organizaciones del transporte a dictar una Resolución de desarrollo del nuevo Decreto, antes de su entrada en vigor, para dejar clara la responsabilidad de la estiba para cada especialidad de transporte.
Sin embargo, desde la Dirección General de Tráfico, se indica que «se está trabajando en definir el citado desarrollo y aplicación del Real Decreto», por lo que a la entrada en vigor de la nueva obligación legal aún no queda claro cuál será el régimen de responsabilidades que se aplicará en caso de una mala estiba de la mercancía.
Las asociaciones de transporte han tenido conocimiento de actuaciones «abusivas» y contrarias a la legislación en materia de seguridad vial y de contratación de transporte que están llevando a cabo algunas empresas cargadoras para evitar cualquier responsabilidad y atribuírsela a los transportistas, obligándoles a suscribir documentos de asunción de responsabilidad en la materia.
Fuente: www.transporteprofesional.es