Los estibadores podrán realizar el transporte horizontal en el Puerto de Bilbao

Los estibadores podrán realizar el transporte horizontal en el Puerto de Bilbao

El Juzgado de lo Social nº 5 de Bilbao, según sentencia hecha oficial en la tarde de ayer, ha reconocido el “derecho de los trabajadores portuarios a realizar el transporte horizontal en el Puerto de Bilbao”, excepción hecha de las cabezas tractoras. La sentencia estima “parcialmente” la demanda presentada por UGT contra las empresas estibadoras y de transporte, así como la AP de Bilbao, con el objetivo de ver reconocido su derecho a la prestación de este servicio portuario, que en Bilbao viene siendo tradicionalmente cubierto por los transportistas.

El conflicto del transporte horizontal en el Puerto de Bilbao ha entrado en una nueva fase una vez conocido el fallo de la sentencia de un juzgado de lo Social de Bilbao que estima “parcialmente” la demanda presentada por el sindicato UGT y reconoce “el derecho de los estibadores portuarios a realizar el transporte horizontal en el Puerto de Bilbao desde los almacenes de las empresas estibadoras al costado del buque o desde ese costado del buque a los alamcenes de las empresas estibadoras del puerto”.

La sentencia excluye a las cabezas tractoras y condena a todas las empresas demandadas a observar el fallo y “en especial” a la Autoridad Portuaria de Bilbao para que efectúe los controles pertinentes para el cumplimiento de lo establecido en la sentencia.

Tanto la parte demandante como diversas empresas de la parte demandada, se encuentran pendientes aún de realizar una lectura y análisis más detallado del fallo judicial, por lo que han eludido realizar cualquier valoración del mismo por el momento.

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